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Actualidad del Vivero

Dirigida a empresas, personas físicas o jurídicas, sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro que realicen las contrataciones que se establecen en este Decreto
Subvenciones para favorecer el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes y fomentar la cualificación profesional
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La Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha publicado recientemente el Decreto  103/2022 (Decreto Joven) por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes y fomentar la cualificación profesional, a través de ayudas para la :

  1. Formalización de contratos de formación en alternancia.
  2. Formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional.
  3. Formalización de contratos de relevo.
  4. Transformación en contratos indefinidos de los anteriores contratos y para la contratación indefinida de personas que hubieran finalizado su relación laboral, mediante contratos formativos o de relevo, en la misma empresa o grupo de empresas, en los seis meses anteriores a la contratación indefinida.

Serán subvencionables las actuaciones incluidas en las distintas líneas, que se realicen en el período comprendido desde el 1 de octubre de 2021 hasta el día 30 de septiembre de 2022.

Podrán acceder a estas subvenciones las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro  que realicen las actuaciones subvencionables según las condiciones establecidas en el citado decreto.

Los colectivos destinatarios de las contrataciones son:

Para las líneas 1, 2 y 3, deberán formalizarse con personas incluidas en los siguientes colectivos, siempre que con anterioridad al inicio de la relación laboral estén desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de Castilla La Mancha, excepto el colectivo del apartado a):

a) Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el día natural anterior a la fecha de formalización del contrato..

b) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.

c) Personas con discapacidad, igual ó superior al 33%.

d) Personas en situación de exclusión social (Aquellas que tengan acreditada dicha situación por los servicios sociales competentes).

Para la línea 4, deberán formalizarse con las personas que estuvieran incluidas en los apartados anteriores (a)b)c) y d)), en el momento de realizar los contratos de formación en alternancia, contratos de formación para la obtención de la práctica profesional y contratos de relevo que se transformen en contratos indefinidos. Igualmente deberán pertenecer a esos mismos colectivos las personas cuya relación laboral finalice mediante contratos formativos o de relevo, en la misma empresa o grupo de empresas, en los seis meses anteriores a la contratación indefinida.

LÍNEAS DE SUBVENCIÓN

Línea 1: Ayudas para la formalización de contratos de formación en alternancia.

Podrán ser subvencionables los contratos de formación en alternancia, a tiempo completo, con una duración  de 1 año.

Cuantía de subvención:

  • 5.500 euros por contrato, que podrá incrementarse en 700€, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
    • Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género.
    • Persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%
    • Personas en riesgo de exclusión social.

Existen otros posibles incrementos de las ayudas para solicitantes de zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación

Línea 2: Ayudas para la formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional.

Será subvencionable la formalización de contratos de formación para la obtención de práctica profesional, a tiempo completo, con una duración  de un año.
La contratación deberá formalizarse en la categoría profesional y en el grupo de cotización correspondiente a la titulación de la persona contratada.

Cuantía de subvención:

  • 5.500 euros por contrato. La cuantía mencionada se verá incrementada en 700€, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
    • Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género.
    • Persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    • Personas en riesgo de exclusión social

Línea 3: Ayudas para la formalización de contratos de relevo

Se subvencionará la formalización de contratos de relevo con una duración mínima de 6 meses y máxima de 1 año.

Cuantía de subvención:

  • 5.500 euros  por contrato. La cuantía mencionada se verá incrementada en 700€, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:
    • Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género.
    • Persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    • Personas en riesgo de exclusión social
  • La cuantía de la subvención se graduará de forma proporcional a la duración del contrato, si es superior a 6 meses e inferior a 1 año, y a la jornada de trabajo si es a tiempo parcial.

Línea 4: Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos referidos en las líneas anteriores y de contratos de personas trabajadoras en procesos de inserción de empresas de inserción.

Será subvencionable la transformación de los contratos de las líneas anteriores, así como los contratos indefinidos que se formalicen con personas que hubieran finalizado su relación laboral, mediante contratos  formativos o de relevo, en la misma empresa o grupo de empresas, en los 6 meses anteriores a la contratación indefinida.

Cuantía de subvención:

  • 6.000 euros por contrato.

La cuantía mencionada se verá incrementada en 700€, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:

  • Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género.
  • Persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Personas en riesgo de exclusión social.

Además se podrá incrementar en otros 700€, cuando la transformación:

  • Constituya la primera por tiempo indefinido que realiza un/a trabajador/a autónomo/a.

PLAZO Y LUGAR DE SOLICITUD

El plazo para solicitar estas subvenciones en 2022 estará abierto hasta el día 30 de octubre, teniendo en cuenta: 

  • Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas desde el 1 de octubre de 2021 hasta el día anterior ala fecha de entrada en vigor del Decreto, deberán presentarse en el plazo de 1 mes desde la publicación del mismo (fecha de publicación 20/09/2022- fecha de entrada en vigor 21/09/2022).
  • Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas a partir de la fecha de entrada en vigor del Decreto, deberán presentarse en el plazo de un mes desde la fecha de formalización del correspondiente contrato y en todo caso antes del 30 de octubre.

Se solicitarán  vía telemática en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha https://www.jccm.es

EXTRACTO Ó RESUMEN