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Actualidad del Vivero

Ayudas dirigidas al sector artesano. Plazo de solicitud hasta el 29 de julio.
Ayudas para la promoción de la actividad productiva y comercial y a la digitalización del SECTOR ARTESANO
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El Diario Oficial de Castilla la Mancha ha publicado recientemente una Resolución por la que se convocan las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva y comercial y a la digitalización del sector artesano ante la crisis de la COVID-19.

El plazo de solicitud de estas ayudas está abierto hasta el próximo 29 de JULIO y consta de 3 líneas de ayuda.

a) Línea de digitalización del sector artesano.– Actuaciones destinadas a la transformación digital del sector y el fomento de la presencia en internet a través del comercio-e ó venta online.

b)Línea de inversión en talleres artesanos.– Para subvencionar actuaciones que garanticen el adecuado cumplimiento de las medidas de seguridad contra la propagación de la COVID-19, sirvan para modernizar los talleres artesanos y mejoren la capacidad productiva, la innovación y la competitividad del sector.

c) Línea de promoción del sector artesano. Actuaciones de comercialización de productos artesanos y actuaciones para fomentar la visibilidad del sector.

¿En qué consiste esta ayuda?

La cuantía de la subvención que podrá concederse por cada línea y actuación subvencionable será el 70% de la inversión subvencionable aprobada, con un máximo de 5.000 euros de subvención por beneficiario en cada una de ellas, siempre que no se superen los límites establecidos en el artículo 15. 3 de la Orden 176/2020, de 30 de octubre.

¿Quiénes son las  las personas o entidades beneficiarias?

a) En las líneas de digitalización y de promoción del sector artesano, podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden, las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las asociaciones artesanas y federaciones de las mismas. Asimismo, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
b) En la línea de inversión en talleres artesanos, podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden las personas o entidades previstas en la letra a) anterior, a excepción de las asociaciones artesanas y federaciones de las mismas.

¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir y obligaciones? Entre los requisitos más destacados figura:

La actividad artesanal del beneficiario debe llevarse a cabo en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha y encontrarse relacionada con alguno de los grupos a los que se refiere el artículo 1 del Decreto 9/2010, de 23 de febrero, por el que se establece el Repertorio de Actividades y Oficios artesanos de Castilla-La Mancha, con excepción de la
denominada artesanía de servicios, la cual queda excluida del ámbito de aplicación de la presente orden.

(Cumplir el resto de requisitos s establecidos en el artículo 5 de la Orden 176/2020, de 30 de octubre y en la disposición quinta de la Resolución de 17/12/2020)

El periodo subvencionable abarcará desde el día 1 de junio de 2020 hasta el 31 de mayo de 2021.

Es necesario realizar una justificación del cumplimento de requisitos y condiciones, así como de la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que se determine en la resolución de concesión.

¿Cómo se pueden solicitar estas ayudas?

Las solicitudes se  realizarán mediante vía telemática, se harán a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (https: www.jccm.es)

Para más información dirígete al Vivero de Empresas de Manzanares en el 926612083 ó a través de promocioneconomica@manzanares.es

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