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Actualidad del Vivero

Dirigida a personas trabajadoras, por cuenta ajena o autónomas, en situación de excedencia o reducción de jornada laboral o que necesiten contratar a personas, para el cuidado de hijos/as u otros familiares.
Ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral como medida de fomento de la conciliación
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La Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla La Mancha ha publicado en el DOCM, la regulación de concesión directa de ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral, como medida de fomento de la conciliación, cofinanciable por el Fondo Social Europeo, destinadas a:

  • Línea 1: Ayudar a personas trabajadoras por cuenta ajena en situación de excedencia laboral  o reducción de jornada de trabajo, de al menos el 25%, para el cuidado de hijos/as u otros familiares, siempre que no puedan valerse por sí mismos ni estén ingresados de forma permanente en un centro residencial.

La cuantía de esta línea se establecerá en función de la duración de la actuación subvencionable y se graduará con arreglo a la renta familiar per cápita mensual.

Serán subvencionables para 2021 las actuaciones que iniciadas desde el 14 de marzo de 2020, se mantengan durante todo o parte del periodo subvencionable comprendido desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021.

  • Línea 2: Ayudar por la contratación de personas trabajadoras dadas de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar dentro del Régimen General de la Seguridad Social, para el cuidado de hijos/as u otros familiares, que no puedan valerse por sí mismos ni estén ingresados de forma permanente en un centro residencial .

La cuantía en este caso, estará determinada en función de la base mensual de cotización a la Seguridad Social de la persona trabajadora dada de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.

BENEFICIARIOS: Personas trabajadoras por cuenta ajena, para ambas líneas, y las personas trabajadoras autónomas, para la línea 2, que cumplan los requisitos de cada línea; estén al corriente de obligaciones tributarias y con Seguridad Social y cumplan los requisitos generales de la Ley General de Subvenciones.

PLAZO Y LUGAR DE SOLICITUD: Hasta el 31 de octubre de 2021 en  Sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha  https://www.jccm.es/