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Actualidad del Vivero

Plazo de solicitud abierto hasta el 1 de marzo de 2021
Dirigida a empresas con al menos 2 trabajadores en el mes anterior a la solicitud
Plan Adelante de Castilla La Mancha
Ayudas del Programa de Apoyo a la Innovación en Castilla la Mancha
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El Diario Oficial de Castilla la Mancha publicó el pasado día 31 de diciembre la resolución por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa Innova Adelante en Castilla la Mancha, confinanciable en un 80% por FEDER.

Estas ayudas tienen por finalidad impulsar y promover las actividades de I+D+I lideradas por empresas, especialmente por pymes, para así mejorar su productividad y competitividad a través de proyectos de innovación.

El plazo de solicitud de estas ayudas está abierto hasta el próximo día 1 de marzo de 2021

Cuantía de la subvención:

Vendrá determinada por un porcentaje que se aplicará a la inversión o coste que se considere subvencionable, en función del tipo de beneficiario:

a) Un 45% para las microempresas y pequeñas empresas.

b) Un 35% para las medianas empresas

c) Un 25% para las grandes empresas.

¿Qué proyectos o actuaciones son subvencionables?

Actuación 1: Proyectos para el desarrollo, implementación o puesta en marcha de nuevos bienes o servicios, una mejora significativa de los ya fabricados o realizados.

Actuación 2: Proyectos para el desarrollo e implantación de procesos nuevos o significativamente mejorados, mediante la incorporación de tecnologías emergentes, o la aplicación de nuevos métodos, normas, o técnicas en la producción, suministro, logística u organización.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Las empresas, con al menos dos trabajadores consignados en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social en el mes anterior a la solicitud de ayuda, que proyecten llevar a cabo una actuación subvencionable en el territorio de Castilla-La Mancha.

No serán empresas beneficiarias, aquellas empresas cuyas actividades estén expresamente excluidas por la orden que regula estas ayudas, así como las comunidades de bienes y sociedades civiles, asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y en general entidades sin ánimo de lucro.

Características de los proyectos o actuaciones:

– Los proyectos subvencionables no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión subvencionable de 5.000,00 euros, ni superar el límite máximo de inversión subvencionable de 250.000,00 euros.

-El plazo de ejecución de los proyectos deberá estar comprendido desde el día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda hasta la fecha máxima que determine la convocatoria (30 de abril de 2022), con una duración máxima de 12 meses por proyecto. En la resolución individual de concesión se determinará el plazo de ejecución en función de lo solicitado por el interesado.

Entre los gastos subvencionables con carácter general figuran:

  •  Sueldos y salarios fijados en un contrato laboral del personal propio de la empresa directamente involucrado en la ejecución del proyecto subvencionado, dados de alta en un grupo de cotización 1 o 2, en una actividad económica subvencionable en el centro de trabajo o establecimiento operativo donde se desarrolle el proyecto, con titulación acorde y adecuada para el desarrollo del mismo, excluidos los períodos de baja por incapacidad.
  • Costes laborales de nuevas contrataciones de personal propio para la ejecución del proyecto realizadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, con titulación acorde y adecuada para el desarrollo del mismo.
  • Costes de instrumental y material de carácter técnico
  • Activos fijos nuevos: costes por adquisición de equipos tecnológicos
  • Colaboraciones externas: los costes de consultoría, ingeniería, laboratorios, certificaciones, y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
  • Costes por adquisición de licencias software, aplicaciones informáticas estándar o a medida, y programas informáticos, implantados por primera vez, que estén directamente relacionados con el proyecto y sean necesarios para su adecuada ejecución.

Para más información consulte el DECRETO ó contacte con el Vivero de Empresas de Manzanares a través de promocioneconomica@manzanares.es, ó llamando al 926612083 en horario de mañanas.